Un juicio por delito leve es un juicio penal rápido para hechos de poca gravedad, como un hurto de menos de 400 € o una amenaza leve. Lo normal es que la pena sea una multa. No siempre es obligatorio ir con abogado, pero sí tienes que ir: si faltas sin justificarlo, el juicio puede celebrarse sin ti y pueden multarte con 200 a 2.000 €.
¿Te han citado a un juicio por delito leve?Llámanos antes de ir: revisamos la denuncia contigo.
Qué es un delito leve
Es un delito castigado con una pena leve. Las más habituales son la multa de hasta 3 meses, los trabajos en beneficio de la comunidad de 1 a 30 días y la localización permanente de 1 día a 3 meses (artículo 33.4 del Código Penal). Algunos ejemplos:
| Hecho | Pena habitual |
|---|---|
| Hurto de hasta 400 € | Multa de 1 a 3 meses |
| Lesión que no necesita tratamiento médico | Multa de 1 a 3 meses |
| Golpear o maltratar sin causar lesión | Multa de 1 a 2 meses |
| Amenaza leve, solo si la víctima denuncia | Multa de 1 a 3 meses |
Cuando el hecho ocurre dentro de la familia o la pareja, las reglas y las penas cambian y son más duras. En esos casos, consulta siempre antes del juicio.
Cuánto puede costarte la multa
La multa se calcula por días: un mes son 30 días, y cada día cuesta entre 2 y 400 € según tu situación económica (artículo 50). Por ejemplo, una multa de 2 meses a 6 € al día son 360 €.
A eso se puede sumar la indemnización a la víctima, si la pide y queda probado el daño.
No conviene dejar de pagar. Cada dos días de multa sin pagar equivalen a un día de privación de libertad, que en los delitos leves se puede cumplir con localización permanente (artículo 53). Si no puedes pagarla de golpe, puedes pedir al juzgado que te deje aplazarla o pagarla a plazos.
¿Necesito abogado?
Por regla general, la ley no te obliga: la citación te dirá que puedes ir con abogado si quieres. La excepción son los delitos leves con una multa máxima de al menos 6 meses, en los que se aplican las reglas generales de defensa (artículo 967 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
Que no sea obligatorio no significa que dé igual. Conviene ir con abogado sobre todo si:
- Niegas los hechos y hay testigos o vídeos en tu contra.
- Tienes antecedentes penales, o una condena podría perjudicarte en el trabajo o con tu permiso de residencia.
- Te reclaman una indemnización que no te parece justa.
- La otra parte va con abogado.
- También quieres denunciar tú porque hubo agresiones por las dos partes.
Cómo es el juicio, paso a paso
- Te citan. Junto a la citación recibes una copia de la denuncia. Léela con calma: ahí está de qué te acusan.
- Reúnes las pruebas. Tienes que llevarlas el día del juicio: testigos, partes médicos, fotos, mensajes o vídeos. Normalmente no habrá otra oportunidad de presentarlas.
- Se celebra el juicio. Es público y breve. Se lee la denuncia, declaran el denunciante y sus testigos, y luego declaras tú y se practican tus pruebas. Al final, cada parte explica lo que considera (artículo 969).
- Se dicta sentencia. Puede ser al terminar el juicio o, si no es posible, en los tres días siguientes.
- Puedes recurrir. Tienes solo 5 días desde que te notifican la sentencia para presentar el recurso de apelación (artículo 976).
A veces la citación llega con muy poco margen, incluso para acudir ese mismo día al juzgado de guardia. También puede ocurrir que el juez archive el caso antes del juicio si es de muy escasa gravedad y la Fiscalía lo solicita (artículo 963).
Qué pasa si no vas
Hay dos consecuencias, y las dos son serias:
- El juicio puede celebrarse sin ti y terminar en condena, siempre que te hayan citado correctamente (artículo 971).
- Te pueden multar con 200 a 2.000 € por no acudir sin causa justificada (artículo 967.2).
Si de verdad no puedes ir, por ejemplo por un ingreso hospitalario, avisa al juzgado cuanto antes y aporta el justificante.
Un caso real: absuelta en apelación
Una clienta fue condenada a 2 meses de multa y a pagar 189,90 € por un supuesto hurto en una perfumería. La condena se basaba solo en lo que declaró la encargada, que no había visto los hechos. El agente que decía haberla identificado no fue citado al juicio.
Recurrimos ante la Audiencia Provincial de Castellón, que revocó la condena y la absolvió. Lo contamos en este caso de éxito. Incluso en un delito leve, una condena se puede recurrir, pero el plazo de 5 días es muy corto.
Preguntas frecuentes
¿Un delito leve deja antecedentes penales?
Sí, una condena genera antecedentes. Se pueden cancelar cuando pasan 6 meses desde que se cumple la pena, si no vuelves a delinquir (artículo 136).
¿Cuánto tiempo tienen para denunciarme?
Los delitos leves prescriben, por lo general, al año (artículo 131).
¿Puedo llegar a un acuerdo con quien me denuncia?
En algunos casos sí. En delitos como las amenazas leves, que solo se persiguen si la víctima denuncia, su perdón puede poner fin al procedimiento. Pagar el daño también puede ayudar, y en los delitos leves patrimoniales puede llevar al archivo si no hay denuncia del perjudicado.
¿Es lo mismo que un juicio rápido?
No. Son dos procedimientos distintos, aunque los dos van deprisa. Aquí explicamos qué es un juicio rápido. Si aún no te han citado a juicio sino a declarar, mira qué hacer con una citación policial.
¿Puedo pedir abogado de oficio?
Si cumples los requisitos económicos, puedes solicitar la asistencia jurídica gratuita. Te lo explicamos en ¿es gratis un abogado de oficio?. Hazlo en cuanto te llegue la citación, para que dé tiempo.
¿Te han citado a un juicio por delito leve en Castellón?
Llámanos antes de ir. Como abogados penalistas en Castellón revisamos la denuncia, preparamos las pruebas contigo y te acompañamos al juicio si hace falta. Tienes nuestro teléfono en el 633 647 555.



